SANTO DOMINGO-. El Consorcio Jantesa, Casalca Disconsa interpuso este jueves una demanda al ministro de Deportes, ingeniero Kevin Cruz, en reparación de daños y perjuicios, por desacato de la sentencia firme de la Quinta Sala del Tribunal Superior Administrativo, número 0030-1643-2023 SSEN- 00934, de fecha 31 de octubre de 2023, por obras no pagadas de los Juegos Panamericanos del 2003.
Dicha decisión había condenado al Ministerio de Deportes a pagar a favor de los demandantes la suma de un millón trescientos sesenta y siete mil quinientos 15 dólares con 38/100 (US$1, 367, 515.38) más el uno punto cinco por ciento (1.5%) de interés mensual compensatorio, desde junio 2023 hasta el saldo total, lo cual, asciende al mes de enero 2026 a dos millones, tres mil cuatrocientos 10 dólares con 01/100
(US$2,003,410.01).
Mediante la citada sentencia del 31 de octubre del 2023, la Quinta Sala del Tribunal Superior Administrativo, condenó al Ministerio de Deportes a pagarle a la citada empresa la suma de ochenta y dos millones de pesos, por obras no pagadas de los Juegos Panamericanos del 2003, celebrados en el pais.
En tal sentido, el Consorcio Jantesa Casalca Disconsa apoderó a la Cámara Civil y Comercial , del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, y solicita la condena de Kelvin Cruz y al pago de treinta millones de pesos (30,000,000.00) como justa reparación de los daños y perjuicios ocasionados, acorde con los artículos 1382 y 1383 del Código Civi.
Los mismos establecen que todo aquel que le causa un daño a otro, está en la obligación de repararlo.
La firma demandante, representada por el doctor Zacarías Payano, sostuvo que el ingeniero Kelvin Cruz fue intimado en tres ocasiones, e hizo caso omiso a las mismas, por lo que ha comprometido su responsabilidad civil.
De conformidad con las disposiciones del articulo 148 de la Constitución de la República.
Dicho artículo dispone que las personas jurídicas de derecho público y sus funcionarios o agentes, serán responsables, conjunta y solidariamente, de conformidad con la ley, por los daños y perjuicios ocasionados a las personas físicas jurídicas por una actuación u omisión administrativa antijurídica.
A juicio del Consorcio Jantesa Casalca Disconsa, el ingeniero Kelvin Cruz tenia la opción de pagar directamente, o remitir la solicitud de pago al Ministerio de Hacienda, lo que tampoco hizo, en violación al artículo 3 de la ley 86-11, del 15 de abril del 2011.
Ese artículo sostiene que las sentencias dictadas por organos jurisdiccionales que condenen al Estado, al Distrito Nacional, los municipios, los Distritos Municipales y organismos autónomos o descentralizados no financieros, al pago de sumas de dinero, una vez adquieran la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada, serán satisfechas con cargo a la partida presupuestaria de la entidad pública afectada con la sentencia.
En la sentencia, que ya adquirió la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada, el tribunal acogió como buena y válida la demanda sobre cobro de valores, por concepto de ejecución de proyecto de reconstrucción del Estadio Olímpico Juan Pablo Duarte, Velódromo, Pabellón de Gimnasia, Pesas y Boxeo, Areas Exteriores y Construcción de Estadio de Beisbol, realizado en el marco de los XIV Juegos Panamericanos, efectuados en nuestro país en el año 2003.
Durante más de dos décadas el Consorcio Jantesa Casalca Disconsa, se ha mantenido de manera incesante haciendo todas las gestiones posibles para que se le pague dicha deuda” dice la nota del doctor Zacarías Payano..
Y agrega que “el Consorcio Jantesa Casalca Disconsa, no tiene otro interés que no sea que el MIDEREC honre su compromiso de la mejor manera posible, para seguir fortaleciendo la seguridad jurídica, el principio de la continuidad del Estado y el Estado Social, Democrático y de Derecho, para que los inversionistas extranjeros no tengan ningún temor en invertir en la República Dominicana”.



