Conéctate con nosotros

Olímpicos

Comité Olímpico Dominicano apelará decisión cuarta cámara civil

La sentencia, dictada el 3 de abril del presente año, indicó que las sanciones impuestas por el COD violaron el debido proceso y los derechos fundamentales de las federaciones afectadas.

El abogado Neftalí Santana. Fuente Externa


Neftalí Santana, representante legal del Comité Olímpico Dominicano, reveló que apelarán la decisión  la cuarta sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional anuló las resoluciones emitidas por el Comité Olímpico Dominicano (COD) que suspendía a las federaciones deportivas nacionales de Bádminton, Esgrima, Pentatlón Moderno, Tiro y Surfing.

Santana alegó que la parte demandante tiene algunas contrariedades en el proceso.
Indicó que la Federación Dominicana de Bádminton había retirado su queja.

También dejó saber que el señor Ronald Santana, afirmó no representar a la Federación Dominicana de Bádminton y que sólo acompañaría en el proceso a las federaciones de surf, esgrima, pentatlón moderno y tiro.

“Este será un medio de recurso para dejar sin efecto esa sentencia o separar a la Federación Dominicana de Bádminton de este fallo”, manifestó el representante legal del COD. 

Pentatlón
El abogado Neftalí Santana agregó que la Federación Dominicana de Pentatlón Moderno no tiene aval en el Comité Olímpico Dominicano, ya que está suspendida por la Federación Internacional de este deporte.
“La Federación Dominicana de Pentatlón Moderno no tiene derecho a ninguna actividad afiliada con el COD, ya que la Carta Olímpica ni los estatutos del COD lo permiten”.

 la cuarta sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional anuló las resoluciones emitidas por el Comité Olímpico Dominicano (COD) que suspendía a las federaciones deportivas nacionales de Bádminton, Esgrima, Pentatlón Moderno, Tiro y Surfing.

La sentencia, dictada el 3 de abril del presente año, indicó que las sancionesimpuestas por el COD violaron el debido proceso y los derechos fundamentales de las federaciones afectadas.

Las federaciones demandaron al COD y a sus representantes, Garibaldy Bautista y Luis José Chanlatte, alegando que las suspensiones a cada una de las federaciones emitidas en julio de 2023 fueron arbitrarias y carecían de base legal.

Decisión
La jueza Raquel Astacio Mercedes, encargada del caso 2023-0096625 declaró la nulidad de las resoluciones del COD, a través de la sentencia civil 037-2025-SSEN-00405, la cual argumenta que las federaciones no fueron informadas adecuadamente sobre los motivos de las sanciones ni se les permitió defenderse antes de ser suspendidas.

El tribunal destacó que aunque los estatutos del COD permiten al Comité Ejecutivo imponer sanciones, estas deben cumplir con las garantías del debido proceso, como la oportunidad de ser oído y la transparencia en las decisiones.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Recibe nuestro boletín en tu bandeja de entrada.

¡No enviamos spam! Lee nuestra política de privacidad para más información.

More in Olímpicos