Puerto Plata.- El tribunal colegiado que conoce el juicio de fondo al jugador de beisbol Wander Franco, y a Martha Vanesa Chevalier, dispuso el aplazamiento del conocimiento del caso para lunes 2 de junio del 2025.
Los jueces Jakaira Veras , juez presidente, José Juan Jiménez y Venecia Rojas, acogieron el pedimento de la fiscalía de aplazamiento del caso para que sean citados debidamente los testigos del caso, so pena de desestimiento.

De los 36 testigos del caso sólo había 3, con relación a los testigos ausentes el Ministerio Público solicitó que se peoceda q la conducencia de lo mismos.
La defensa de Wander Franco y la de la señora Chevalier no se opusieron a la solicitud de aplazamiento para cumplir con la citación y presencia de los testigos.
El jugador de los Tampa Rays, está acusado de abuso sexual y tráfico de personas, junto a la madre de la menor Martha Vanesa Chevalier.
El tribunal, presidido por la magistrada Yakaira Veras, dictó orden de conducencia contra los 30declarantes que se ausentaron al inicio del juicio.
Entre los testigos que no asistieron a la vista figuran el personal médico y psicológico que examinaron a la menor de edad.
La nueva audiencia fue fijada para iniciar a partir de las 9:00 de la mañana en la sala del Tribunal Colegiado de Puerto Plata.
Además del pelotero, en el proceso también está imputada la madre de la víctima, Martha Vanessa Chevalier Almonte, por presunta explotación sexual y lavado de activos.
El campocorto de los Rays de Tampa Bay es acusado de abuso sexual, explotación sexual y comercial contra una menor y trata de personas.
El Ministerio Público alega en su acusación que Franco, a través de su madre Yudelka Aybar, transfirió sumas significativas en pesos y dólares a la mamá de la menor de edad, alegadamente para consentir el abuso.

Al inicio del proceso, el padre de la víctima formaba parte de la acusación junto a la fiscalía. Durante la audienciapreliminar del caso decidió retirar la querella sin ofrecer detalles.
El pelotero y la madre de la menor enfrentan cargos por abuso contra niños, niñas y adolescentes, en violación al artículo 396, literal B y C, del Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03), así como por violación a las leyes 137-03 sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas y 155-17 contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, y por asociación de malhechores, en violación de los artículos 265, 266 y 267 del Código Penal Dominicano.



