El presidente Luis Abinader mediante decreto 394-24 designó este martes a los cinco miembros que conformarán el Comité de Administración y Cuidado del Pabellón de Voleibol del Centro Olímpico Juan Pablo Duarte y otras instalaciones.
Ray Guevara
El comité lo conforma Milton Leónidas Ray Guevara, quien queda designado como miembro y presidente, honorífico, del Comité de Administración y Cuidado del Pabellón de Voleibol del Centro Olímpico Juan Pablo Duarte.
Otros miembros
También, el comité lo conforman, Cristóbal De Jesús Marte Hoffiz, Fernando Arturo Hasbún Pichardo, Fernando Langa Ferreira, Martín Rodríguez Vidal, todos como miembros honoríficos del Comité de Administración y Cuidado del Pabellón de Voleibol del Centro Olímpico Juan Pablo Duarte.
Este comité es creado con la finalidad de administrar, cuidar y conservar el Pabellón de Voleibol del Centro Olímpico Juan Pablo Duarte, incluyendo sus entornos, mediante la adopción de un adecuado programa de uso y mantenimiento.
Baloncesto
El presidente Abinader también desginó a Fernando Hasbún para presesidir el patronato de Palacio de los Deportes que se encargará de adminisrar y preservar esa instalación que está ubicada en el Centro Olímpico Juan Pablo Duarte.
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DOMINICANA
CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto núm. 289-24, del 21 de mayo de 2024, se creó el Comité de Administración y Cuidado del Pabellón de Voleibol del Centro Olímpico Juan Pablo
Duarte, hasta tanto sea incorporado como voluntariado en el Registro de Voluntariados en Instituciones Públicas, con la finalidad de administrar, cuidar y conservar el Pabellón de Voleibol del Centro Olímpico Juan Pablo Duarte, incluyendo sus entornos, mediante la adopción de un adecuado programa de uso y mantenimiento.
CONSIDERANDO: Queenelartículo4numeral3delDecretonúm.289-24,del21demayode 2024, se establece que el presidente de la República designará a cinco representantes de la sociedad civil como miembros del Comité de Administración y Cuidado del Pabellón de Voleibol del Centro Olímpico Juan Pablo Duarte.
CONSIDERANDO: Que, del mismo modo, en elpárrafo Idel artículo 4 del Decreto núm. 289- 24, del 21 de mayo de 2024, se establece que el presidente de la República designará quién presidirá el Comité de Administración y Cuidado del Pabellón de Voleibol del Centro Olímpico Juan Pablo Duarte de entre los miembros del mismo.
CONSIDERANDO: QueelpárrafoIdelartículo4delindicadoDecretonúm.289-24establece que los “miembros del Comité de Administración y Cuidado del Pabellón de Voleibol del Centro Olímpico Juan Pablo Duarte brindarán sus servicios de manera honorífica”.
LUIS ABINADER PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DOMINICANA
CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto núm. 289-24, del 21 de mayo de 2024, se creó el Comité de Administración y Cuidado del Pabellón de Voleibol del Centro Olímpico Juan Pablo
Duarte, hasta tanto sea incorporado como voluntariado en el Registro de Voluntariados en Instituciones Públicas, con la finalidad de administrar, cuidar y conservar el Pabellón de Voleibol del Centro Olímpico Juan Pablo Duarte, incluyendo sus entornos, mediante la adopción de un adecuado programa de uso y mantenimiento.
CONSIDERANDO: Queenelartículo4numeral3delDecretonúm.289-24,del21demayode 2024, se establece que el presidente de la República designará a cinco representantes de la sociedad civil como miembros del Comité de Administración y Cuidado del Pabellón de Voleibol del Centro Olímpico Juan Pablo Duarte.
CONSIDERANDO: Que, del mismo modo, en elpárrafo Idel artículo 4 del Decreto núm. 289- 24, del 21 de mayo de 2024, se establece que el presidente de la República designará quién presidirá el Comité de Administración y Cuidado del Pabellón de Voleibol del Centro Olímpico Juan Pablo Duarte de entre los miembros del mismo.
CONSIDERANDO: QueelpárrafoIdelartículo4delindicadoDecretonúm.289-24establece que los “miembros del Comité de Administración y Cuidado del Pabellón de Voleibol del Centro Olímpico Juan Pablo Duarte brindarán sus servicios de manera honorífica”.
VISTA: La Constitución de la República, proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTA: La Ley núm. 61-13, del 12 de abril de 2013. que establece el régimen jurídico del voluntariado en la República Dominicana.
VISTO: El Decreto núm. 237-22, del 13 de mayo de 2022, que establece el Reglamento de Aplicación de la Ley núm. 61-13, del 12 de abril de 2013, sobre el Régimen Jurídico del Voluntariado de la República Dominicana.
VISTO: El Decreto núm. 289-24, del 21 de mayo de 2024, que crea el Comité de Administración y Cuidado del Pabellón de Voleibol del Centro Olímpico Juan Pablo Duarte.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Milton Leónidas Ray Guevara, queda designado miembro y presidente,
VISTA: La Constitución de la República, proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTA: La Ley núm. 61-13, del 12 de abril de 2013. que establece el régimen jurídico del voluntariado en la República Dominicana.
VISTO: El Decreto núm. 237-22, del 13 de mayo de 2022, que establece el Reglamento de Aplicación de la Ley núm. 61-13, del 12 de abril de 2013, sobre el Régimen Jurídico del Voluntariado de la República Dominicana.
VISTO: El Decreto núm. 289-24, del 21 de mayo de 2024, que crea el Comité de Administración y Cuidado del Pabellón de Voleibol del Centro Olímpico Juan Pablo Duarte.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Milton Leónidas Ray Guevara, queda designado miembro y presidente,



