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Siempre con la Verdad

Estatutos del COD vs Ley 122-05

El caso más evidente, es el del Comité Olímpico Dominicano, que ha estado sometido a severas críticas por la prensa deportiva nacional en múltiples ocasiones y siempre ‘’esconde la cabeza como el avestruz’’

Por: Ramón Rodríguez

En los países donde se aplica con rigurosidad un régimen de consecuencia, los líderes de actividades diversas que manejan recursos del Estado, tienen la cultura de responder a las críticas de la sociedad civil o sectores que cuestionan su desempeño.

En la República Dominicana, es una verdadera utopía, esperar que los incumbentes de posiciones públicas, asuman con humildad cuestionamientos o sugerencias para mejorar las instituciones que dirigen.

El caso más evidente, es el del Comité Olímpico Dominicano, que ha estado sometido a severas críticas por la prensa deportiva nacional en múltiples ocasiones y siempre ‘’esconde la cabeza como el avestruz’’

¿Y por qué la dirigencia del COD, salvo honrosas excepciones, reacciona siempre con soberbia y arrogancia? Sencillamente, porque han desarrollado el sentido de la pertenencia y creen en su hipnotismo que el Comité Olímpico es una más de sus propiedades.

Además, existe un grupito que maneja la tesis de que la prensa nacional no vota en las elecciones de esa entidad y, por tanto, no hay que hacerle caso. ¡Atrevida ignorancia!, diría Edmund Burke, quien proclamó hace más de dos siglos que la prensa era el cuarto poder del Estado.

Reitero: el Comité Olímpico Dominicano todavía no ha podido presentar una impronta que podamos decir que valió la pena desplazar a Antonio- Colin Acosta de la presidencia de esa entidad, rectora del olimpismo.

Algunos miembros del COD, acuden al subterfugio de que hay cosas que no las hacen, porque son exclusivas de la Ley 122-05.

Acudamos a Sócrates, símbolo de la moralidad y su método mayéutico para llegar a la verdad mediante preguntas. Atendiendo que el COD es una institución sin fines de lucro y que se rige bajo la Ley 122-05, cuando juramentó la comisión de ética y disciplina, ¿se amparó en sus estatutos o la ley 122-05? Cuando aceptó el regreso de Jorge Blas y de Irina Pérez, y decidió dejar fuera a José Manuel Ramos, Radhamés Tavárez, Francis Soto y Juan Núñez, ¿Lo hizo por mandato de sus estatutos o la Ley 122-05? Los informes económicos que presenta el COD a su asamblea: ¿Es un mandato de sus estatutos o la 122-05? La suspensión del presidente de Tiro, Jesús Figuereo: ¿Es por haber violado los estatutos del COD o la ley 122-05?

El presidente del Comité Olímpico Dominicano, Garibaldy Bautista, debe salvar este limbo jurídico o más bien vacío legal, impulsando una reforma estatutaria en ‘’ armonía’’ con la Carta Olímpica, Ley 122-05 y la Constitución de la República.

Debe saber el amigo Garibaldy, que nunca fracasan los comités ejecutivos, sino los presidentes.

Pienso que debe aprovechar la experiencia de Luis Chanlatte, Miguel Camacho y Rubén Tejeda.

De lo contrario: adiós reputación.

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